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¡IMPORTANTE! USO DE PLAGUICIDAS

Se ha recibido una nota de la Asociación Civil Para la Defensa del Ambiente (BIOS ARGENTINA) en la que se solicita se notifique a todos los profesionales sobre la existencia y vigencia de la Ordenanza Municipal N° 18740 respecto a la utilización de Plaguicidas de Síntesis.

 

Art. 1°: Prohíbese dentro del radio de mil (1.000) metros a partir del límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales -entendiéndose por tales aquellos donde habitan personas- y en la totalidad de la planta urbana propiamente dicha.

a) La utilización de cualquier plaguicida de síntesis (funguicida, insecticida, bactericida, rodenticidas, herbicida, acaricida) y todo otro producto de carácter similar de aplicación agropecuaria o forestal.


b) El tránsito de maquinaris terrestre cargada o no con cualquier plaguicida de síntesis y todo otro producto de carácter similar de aplicación agropecuaria o forestal.

c) El descarte y abandono en el ambiente terrestre, acuático y/o urbano de envases de cualquier plaguicida de síntesis y todo otro producto de carácter similar de aplicación agropecuaria o forestal, en particular envases de plaguicidas y de cualquier otro elemento usado en dichas operaciones en el área mencionada o fuera de ella.

La nota está firmada por la Lic. Silvana Buján, de BIOS.

Por mayor información de BIOS: (0223)4792474 / www.bios.org.ar