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LA RESPONSABILIDAD DE LOS INGENIEROS SEGÚN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
La puesta en marcha del nuevo Código Civil y Comercial en territorio argentino despertó la necesidad de comprender los verdaderos cambios que podrían llegar a tener incumbencia en el Ejercicio de la Profesión de la Ingeniería. Fue por eso que, a modo informativo y deliberativo, el Distrito II del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires organizó de manera mancomunada con el Centro de Ingenieros de Mar del Plata una charla que estuvo guiada por el Dr. Alberto Fabián Colautti, Asesor Legal del Consejo Superior del Colegio de Ing. de la Pcia. de Bs. As.
El Letrado, que se encargó de hablar ante más de 30 profesionales sobre la responsabilidad contractual y extracontractual de los Ingenieros, las responsabilidades profesionales y los distintos tipos de responsabilidad en el Ejercicio Profesional o en la participación de Ingenieros en empresas y sociedades, fue enfático al afirmar que “la comunidad siempre debe consultarle a los Ingenieros sobre cualquier actividad relacionada y la comunidad, incluido los Ingenieros, tienen que tomar conciencia y consultarle a los Abogados para evacuar cualquier tipo de duda”.
Tras haber encabezado esta charla sobre las “proyecciones del nuevo Código Civil y Comercial unificado sobre la Ingeniería” en San Justo, Colautti adelantó que “la idea es recorrer distrito por distrito disipando toda inquietud” para que “los Ingenieros tengan herramientas que puedan utilizar en procura de evitar algún tipo de perjuicio en su contra”.
Luego de hacer énfasis en cuestiones derivadas del Derecho Laboral en que se ven reflejadas consecuencias de la responsabilidad objetiva ante acciones de dependientes ante terceros y/o de accidentes laborales, Colautti contextualizó: “Hay muchas cuestiones que deberá resolver la Jurisprudencia. Hay muchos términos generales, mucha injerencia del Estado en cuanto a cláusulas abusivas e inclusive algunos artículos bastantes complicados que, en caso de excesiva punición, cualquier juez puede intervenir en cuestiones penales y civiles, inclusive en sanciones administrativas, modificando esa sentencia. Con lo cual estamos frente a una cuestión muy complicada”.
Esta fue la primera de varias jornadas que se organizarán con la finalidad de difundir entre los Ingenieros los alcances del nuevo Código Civil y Comercial en relación al Ejercicio Profesional de las Ingenierías.