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El Colegio de Ingenieros notificó a los Registros de Propiedad Automotor la obligación de un Informe Técnico suscripto por un Ingeniero Mecánico
Ante la detección de irregularidades en los trámites de cambio del tipo de carrocería, de tipo del automotor, y/o de la Licencia de configuración de modelo, el Colegio de Ingenieros de la Pcia de Bs. As – Distrito II notificó a todas las delegaciones del Registro de Propiedad Automotor que dichas verificaciones deben contar, obligatoriamente, con un informe técnico suscripto por un profesional de la ingeniería mecánica matriculado.
Según expresa la nota, la normativa vigente establece que “…en oportunidad de peticionarse un trámite de Alta y Baja de Carrocería y Cambio de Tipo de Carrocería y de Automotor debe presentarse, junto con la restante documentación requerida para cada caso, un informe técnico suscripto por un ingeniero mecánico legalizado del que surja que el automotor cumple con las condiciones de seguridad para poder circular por la vía pública...”
En otro párrafo, agrega que “que todas las modificaciones que alteran las condiciones de seguridad del diseño original de la unidad al momento de que el Estado Nacional autoriza su circulación deben ser convenientemente analizadas y evaluadas por un Ingeniero Mecánico quien, a su vez, debe realizar un Informe Técnico del cual surja que el automotor “modificado” cumple con las condiciones de seguridad, estabilidad, etc., para poder circular por la vía pública”.
“De lo expresado hasta aquí, surge que los Ingenieros Mecánicos son los únicos profesionales habilitados para certificar que los vehículos que se sometan a una modificación en su carrocería original cumplan con las condiciones de estabilidad y seguridad activa y pasiva requerida para la circulación en la vía pública”, finaliza la nota suscripta por la Ing. Marta Di Luca y el Ing. Walter Martelli, Presidenta y Secretario, respectivamente del Colegio de Ingenieros de la Pcia. De Bs. As. – Distrito II.